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Ventajas fiscales de la donación de acciones a la caridad

¿Se inclina por donar acciones u otros valores a la caridad en lugar de una contribución monetaria? Puede funcionar muy bien para usted en cuanto a impuestos si dona ciertos bienes. Sin embargo, como suele ocurrir con los impuestos, hay una «manera correcta» y una «manera incorrecta» de hacer las cosas.

Es relativamente fácil calcular las consecuencias fiscales cuando simplemente se da dinero a la caridad. Por ejemplo, si haces una donación en línea con tarjeta de crédito de 100 dólares, deducirás 100 dólares (sujeto a otros límites potenciales para las donaciones de caridad). Pero las cosas se complican mucho más cuando se donan propiedades como valores.

Ventajas fiscales de la donación de acciones a la caridad
Ventajas fiscales de la donación de acciones a la caridad

Si aporta valores que ha adquirido en el último año, puede deducir sólo el importe de su base en la propiedad (normalmente, lo que ha pagado por ella). Por el contrario, si ha sido propietario de los valores durante un tiempo suficiente para que éstos tengan derecho a una ganancia de capital a largo plazo si los hubiera vendido (es decir, si los ha conservado durante más de un año), puede deducir el valor justo de mercado (FMV) de los valores en la fecha de la donación. La guinda del pastel: La apreciación del valor de los títulos durante su período de tenencia permanece sin tributar para siempre.

Basándose en estos principios, y a falta de otras circunstancias atenuantes, la sabiduría convencional es donar acciones de baja base que se mantienen más de un año y mantener acciones de alta base en propiedad durante un año o menos. La mejor manera de ilustrar estos puntos es mirar un ejemplo hipotético.

Adquirió acciones de Blue State por 10.000 dólares hace dos años y acciones de Red State por 12.000 dólares hace unos nueve meses. Las acciones de Blue State valen ahora 12.500 dólares y las de Red State 15.000 dólares. Quieres conservar una de las acciones y donar la otra a la caridad. Veamos qué pasa primero en cuanto a los impuestos si haces las cosas de forma incorrecta y luego si las haces de forma correcta.

El camino equivocado. Donas las acciones del Estado Rojo y te quedas con las del Estado Azul. En este caso, su deducción por caridad se limita a su base de 10.000 dólares porque no ha cumplido con el requisito del período de retención para la ganancia de capital a largo plazo. Además, su ganancia de 3.000 dólares se grava con tasas de impuesto sobre la renta ordinarias que llegan hasta el 39,6 por ciento.

El camino correcto. Donas las acciones del Estado Azul y te quedas con las del Estado Rojo. En este caso, tu deducción por caridad aumenta a 12.500 dólares porque las acciones donadas son propiedad de ganancia de capital a largo plazo. Además, nunca hay ningún impuesto sobre la apreciación de valor de las acciones de 2.500 dólares.

Aunque este ejemplo muestra las ventajas fiscales de donar acciones de baja base y largo plazo y de retener acciones de alta base y corto plazo, hay otros factores que afectan su decisión, como sus expectativas de crecimiento futuro. Dejemos que los impuestos sean una guía, pero no la base y el final.

Ahora vamos a cambiar un poco las cosas. Suponga que los valores que posee han disminuido de valor desde que los adquirió. Cuando dona los valores, su deducción se limita a su FMV, independientemente del tiempo que lo haya mantenido. Y tampoco puede deducir la diferencia entre su base y el FMV. Por lo tanto, si usted dona acciones adquiridas por 10.000 dólares que ahora valen 7.500 dólares, su deducción se limita a sólo 7.500 dólares.

Por supuesto, hay otros posibles obstáculos a considerar. Por ejemplo, la ley de impuestos limita su actual deducción por donaciones caritativas a un 30 por ciento de su ingreso bruto ajustado (AGI) del año. Pero en general, puede exprimir por debajo del umbral del 30 por ciento de AGI con mucho espacio para ahorrar. Cualquier exceso se arrastra hasta cinco años.

En resumen: Donar valores a la caridad puede ser una buena medida fiscal.