En un artículo anterior, discutimos algunos de los principales problemas que se presentan cuando los profesionales de los impuestos aconsejan a las sociedades en los intercambios 1031.
Como vimos, esto puede ser un asunto muy delicado. Las sociedades deben manejar sus intercambios adecuadamente o de lo contrario enfrentar graves consecuencias negativas, incluyendo la disolución del intercambio. Otra área en la que los contadores públicos, abogados fiscales y otros profesionales de impuestos pueden ser de gran utilidad al proporcionar un asesoramiento correcto es el intercambio de partes relacionadas . Esta situación debe manejarse con cautela y precisión.

En este artículo, repasaremos tres cuestiones sobre las que los contadores públicos pueden proporcionar orientación. La primera es simplemente la identificación de una parte relacionada en el sentido del código. Los contadores deben ser conscientes de lo que constituye «relación» para que puedan identificar posibles intercambios de partes relacionadas. La segunda cuestión se refiere a los requisitos de tenencia o propiedad asociados, y la tercera se refiere a la disposición del código relativa a la estructura subyacente de la transacción.
Número 1: La identificación de la relación
Cuando un cliente pregunta sobre un próximo intercambio, debes preguntarle sobre la posible relación de cualquier parte involucrada. Una transacción se clasificará como «intercambio de partes relacionadas» si el comprador o el vendedor tienen relación con el contribuyente. Según el documento 1031(f)(3), que proporciona una definición prestada de las Secciones 267(b) y 707(b)(1) del Código Tributario, la relación depende de si las partes involucradas son personas físicas o jurídicas.
En muchos sentidos, la definición aplicable es más o menos intuitiva, pero en otros, no lo es. Por ejemplo, los miembros de la familia son parientes, pero no todos los grados de parentesco están comprendidos en estas secciones. Se excluyen los primos, así como los tíos y tías. Las personas involucradas en los fideicomisos, es decir, los otorgantes, fiduciarios y beneficiarios, también pueden clasificarse como parientes.No será fácil, pero los profesionales de la fiscalidad deben tomarse el tiempo necesario para dominar su comprensión del término.
Cuestión 2: Requisitos de retención de las bolsas de partes relacionadas
Para evitar la evasión fiscal abusiva, la ley establece requisitos de retención en los intercambios entre partes relacionadas.
Según el artículo 1031(f)(1)(C), un intercambio fracasará si hay una disposición de la propiedad en los dos años siguientes a la última transferencia. Esto se aplica tanto al contribuyente como a cualquier parte relacionada que participe en el intercambio. En otras palabras, si una parte relacionada compra una propiedad cedida, debe conservarla durante dos años. Asimismo, si una parte relacionada vende una propiedad de reemplazo, el contribuyente debe mantenerla durante dos años. Si no se cumple este requisito, el contribuyente reconocerá la ganancia o la pérdida en el intercambio subyacente. Es imperativo que los profesionales asesoren a sus clientes sobre este requisito; de lo contrario, la transacción podría perderse.
Además de 1031(f)(1)(C), los profesionales de la fiscalía también deben tener conocimiento de 1031(f)(2). En este párrafo se prevén algunas excepciones al requisito de dos años de retención.
Dentro de esto, el subpárrafo (C) es el más difícil. Dispone que el requisito de retención puede suspenderse si no se ha producido ninguna disposición, principalmente con el fin de evitar el impuesto. Esto es muy subjetivo y dependerá de los hechos particulares de cada caso. El único propósito de las normas es evitar la evasión fiscal indeseable, lo que implica la colusión para eludir las normas establecidas.
Es muy simple ver que este tipo de evasión puede ocurrir más fácilmente con las partes relacionadas. Pero, si un contribuyente puede demostrar que no se produjo ninguna disposición simplemente para evitar los impuestos, el requisito de retención puede ser suspendido.
Cabe señalar que el requisito y las calificaciones que lo acompañan son objeto de frecuentes debates. Esto es cierto incluso entre los profesionales establecidos en la industria de 1031. Existe una amplia controversia en cuanto al nivel de riesgo que entraña este tipo de situaciones. El Servicio de Impuestos Internos ha publicado varios documentos, pero éstos sólo han contribuido a los debates.
Para reducir al mínimo el riesgo, por ejemplo, algunos profesionales recomiendan a los contribuyentes que compren a una parte relacionada en los casos en que ésta realice un intercambio. Lo más importante que hay que recordar es que, al determinar lo que es permisible, el Código Tributario y las opiniones de los tribunales tienen el mayor peso. Lo que dice el IRS tiene un significado persuasivo en algunos casos, pero no hace leyes.
Número 3: Subsección 1031(f)(4) y la Estructura Subyacente de la Transacción
Este apartado establece que se denegará el tratamiento de no reconocimiento a cualquier intercambio que esté estructurado para evitar los propósitos del apartado f) del artículo 1031. En esencia, se trata de una reafirmación de la doctrina de la transacción escalonada, pero está adaptada específicamente a este apartado sobre los intercambios entre partes relacionadas. Si un contribuyente toma medidas específicamente para «evitar» o eludir las normas, la transacción puede quedar colapsada. Esto es así aunque parezca cumplir todas las disposiciones del apartado f) del artículo 1031.
Veamos un posible caso. A los efectos del artículo 1031, la definición de parte relacionada incluye al cónyuge. Supongamos que un determinado contribuyente está casado en un estado de bienes no comunitarios y archiva por separado.
En este escenario hipotético, el contribuyente desea comprar y mejorar una propiedad de su cónyuge. También desea revender esta propiedad de reemplazo deseada en un plazo de dos años para aprovechar las condiciones favorables del mercado.
Para lograr este objetivo, el contribuyente se divorcia de su cónyuge sólo un mes antes de iniciar el intercambio. Luego, después de adquirir la propiedad de reemplazo, se vuelven a casar con su pareja sólo un mes después. Técnicamente, esta transacción no se consideraría como un intercambio de partes relacionadas porque no había relación. Sin embargo, es casi seguro que esto entraría en el ámbito de aplicación del apartado f) 4) del párrafo 1031. El contribuyente estructuró claramente la transacción para evitar el requisito de dos años de retención. Este escenario violaría definitivamente los propósitos del apartado f) del párrafo 1031 y se le negaría el no reconocimiento tras un examen jurídico.
Los intercambios entre partes relacionadas son bastante complejos y sólo un abogado tributario calificado debe ofrecer orientación en un caso determinado. Sin embargo, la información anterior puede ayudar a cualquier profesional de los impuestos a identificar los casos en que se necesita ese tipo de asesoramiento y a garantizar que puedan atender mejor a sus clientes.