En el aviso del IRS 2018-77, la agencia explica las nuevas tasas especiales de dietas que los contribuyentes deben usar para justificar «la cantidad de gastos de negocios ordinarios y necesarios incurridos al viajar fuera de casa».
Las nuevas tasas son efectivas desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.

Esto se aplica a las comidas y gastos imprevistos de la industria del transporte especial, la tasa de la deducción por gastos imprevistos únicamente y las tasas y la lista de lugares de alto y bajo costo a los efectos del método de comprobación de alto y bajo.
Todo esto se hace utilizando una tasa de impuesto diario para justificar, de acuerdo con el Código de Rentas Internas 274(d) y el Código 1.274-5 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta, el monto de los gastos de negocios ordinarios y necesarios pagados o incurridos durante el viaje.
Tras la publicación del Procedimiento de Ingresos 2011-47, la Administración de Servicios Generales emitió un reglamento definitivo que revisó la definición de gastos incidentales del Reglamento Federal de Viajes para incluir sólo los honorarios y las propinas que se dan a los porteadores, los transportistas de equipaje, los empleados de hoteles y el personal de los barcos.
El transporte entre los lugares de alojamiento o de negocios y los lugares donde se toman las comidas, el costo de envío de los vales de viaje y las facturas de las tarjetas de crédito patrocinadas por el empleador ya no se incluyen en la categoría de gastos imprevistos.
Esto significa que los contribuyentes que utilizan las tasas de viáticos pueden deducirlas por separado, si se permite, o ser reembolsados por los gastos de transporte y correo.
Las tarifas de la industria del transporte especial de comidas y gastos imprevistos (M&IE) para los contribuyentes en ese campo son 66 dólares para cualquier lugar de viaje en el territorio continental de EE.UU. (CONUS) y 71 dólares para un lugar fuera de OCONUS.
La tarifa para cualquier lugar de viaje CONUS u OCONUS para la deducción de gastos imprevistos es de 5 dólares por día (véase la sección 4.05 del Procedimiento Rev. 2011-47 o su sucesor).
Aquí hay una mirada más detallada a algunas de las regulaciones para 2018-2019.
Tasas anuales altas y bajas
A los efectos del método de justificación alto-bajo, las dietas son de 287 dólares para viajes a cualquier localidad de alto costo y 195 dólares para viajes a cualquier otra zona dentro de los Estados Unidos continentales
En cuanto a las comidas pagadas a efectos del Código de Rentas Internas 274(n), las tarifas son de 71 dólares para viajes a cualquier localidad de alto costo y 60 dólares para cualquier otra zona dentro de los Estados Unidos continentales (véase la sección 5.02 del Rev. Proc. 2011-47 o su sucesor). Estas cifras son las mismas para las tarifas de los viáticos en lugar de las descritas en la Notificación 2017-54 (el método de justificación de sólo los gastos de comida y los gastos imprevistos).
Localidades de alto costo
El IRS ha publicado una lista de localidades que tienen una tasa federal de viáticos de 241 dólares o más y que se consideran de alto costo para todo el año calendario o una porción. Nótese que muchas de estas localidades y sus respectivas fechas de visita están en zonas agradables del país que serán conocidas por su clima agradable en estos momentos o que tendrán actividades agradables disponibles.
Además, se han añadido a esta lista varias ubicaciones nuevas, incluyendo Sedona, AZ; Los Ángeles, CA; Vero Beach, FL; Moab, UT; y Cody, WY. Algunos, como Oakland, CA, y Newport, RI, siguen en la lista, pero la parte del año en la que se consideran de alto costo ha cambiado. Otros, como San Rafael, CA, y Saratoga Springs, NY, han sido eliminados por completo.
Se han redefinido las siguientes localidades: Traverse City, MI, ya no incluye Leland, mientras que Bar Harbor, ME, ahora incluye Rockport.
A los efectos de calcular la cantidad permitida como deducción por viaje, esta notificación es efectiva para las dietas por alojamiento, comidas y gastos accesorios o para las comidas y gastos accesorios que se paguen a cualquier empleado a partir del 1 de octubre para viajes fuera del hogar en esta fecha o después. Véanse las secciones 4.06 y 5.04 del Procedimiento Rev. 2011-47 (o su sucesor) para conocer las normas de transición para los tres últimos meses del año civil 2018.
Por último, tenga en cuenta que la sección 7 de la notificación 2017-54 ha sido sustituida.
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