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Los pagos de las deudas de los ex alumnos son la pensión alimenticia

No todos los pagos de la pensión alimenticia de un cliente califican como deducibles, pero un reciente caso del Tribunal Fiscal dictaminó que se pueden incluir los pagos de préstamos estudiantiles.

En un nuevo caso, Vanderhal, TC Summ. Op. 2018-41, 9/5/18 , el contribuyente pudo reclamar una deducción de la pensión alimenticia por los pagos efectuados por la deuda de un préstamo estudiantil de un ex cónyuge, lo que es especialmente significativo a la luz de la represión de las deducciones de la pensión alimenticia en la Ley de Recortes Fiscales y Empleo (TCJA).

Los pagos de las deudas de los ex alumnos son la pensión alimenticia
Los pagos de las deudas de los ex alumnos son la pensión alimenticia

Por lo general, las sumas pagadas a un cónyuge o ex cónyuge en virtud de un instrumento de divorcio o separación -incluida una sentencia de divorcio, una sentencia de manutención por separado o un acuerdo de separación por escrito- pueden deducirse como pensión alimenticia en una declaración de impuestos federales. En consecuencia, esos pagos son entonces imponibles al beneficiario. Sin embargo, los pagos califican como pensión alimenticia sólo si se cumplen TODOS los requisitos siguientes:

  • Los cónyuges no presentan una declaración conjunta con el otro
  • El pago es en efectivo (o un equivalente como cheques o giros postales)
  • El pago es para o para un cónyuge o ex cónyuge realizado en virtud de un instrumento de divorcio o separación
  • El instrumento de divorcio o separación no designa el pago como no pensión alimenticia
  • Los cónyuges no son miembros de la misma familia cuando se hace el pago
  • No hay obligación de hacer el pago (en efectivo o en propiedad) después del fallecimiento del cónyuge receptor

Por otro lado, si el pago se hace para la manutención de los niños o como un acuerdo de propiedad, no se trata como una pensión alimenticia y, por lo tanto, no es deducible.

En el nuevo caso, una pareja residente en California se divorció en 2011. El decreto de divorcio abordó temas que se encuentran habitualmente en esos documentos, como la manutención del cónyuge y la división de bienes.

De acuerdo con el decreto de divorcio, la pareja también llegó a un acuerdo equitativo que resolvía todas las cuestiones relativas a la división y distribución de los bienes y las deudas. Esto incluía una referencia a una cuenta de préstamo estudiantil de Sallie Mae relativa al ex cónyuge del contribuyente.

Para determinar si los pagos constituyen una «pensión alimenticia», el Tribunal Fiscal debe examinar los términos del decreto y acuerdo de divorcio. Concluyó que el contribuyente era responsable del pago de la deuda del préstamo estudiantil de su ex-escuela y que sus pagos debían ser tratados como una pensión alimenticia deducible.

En virtud de la Ley de Justicia Penal, se deroga la deducción por el pago de la pensión alimenticia y la norma correspondiente que exige la inclusión de los ingresos de los beneficiarios. A diferencia de la mayoría de los demás cambios de la TCJA para los contribuyentes individuales que son efectivos para 2018 a 2025, esta disposición es permanente.

Pero la derogación primero entra en vigor para los acuerdos celebrados después de 2018. Además, las deducciones de la pensión alimenticia pueden seguir estando disponibles para los acuerdos existentes modificados después de 2018 (a menos que el acuerdo establezca lo contrario).

Esto podría ser una consideración importante para algunos de sus clientes que ya están divorciados o actualmente en proceso de divorcio. El decreto de divorcio puede estructurarse para proporcionar ciertos resultados fiscales basados en las negociaciones y la intención de las respectivas partes.

En resumen, asegúrese de proporcionar la asistencia fiscal que sus clientes necesitan en estos tiempos difíciles.