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La propuesta de la FASB simplificaría la prueba de deterioro de la buena voluntad

Una propuesta emitida por la Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) el 12 de mayo simplificaría la contabilización del deterioro del fondo de comercio.

En el marco de la propuesta de actualización de las normas de contabilidad (ASU), Intangibles-Bienestar y otros (Tema 350): Simplificando la contabilidad del deterioro del fondo de comercio , el paso 2 se eliminaría de la actual prueba de deterioro del fondo de comercio, lo que «debería reducir el costo y la complejidad de la evaluación del fondo de comercio para el deterioro», según la FASB.

La propuesta de la FASB simplificaría la prueba de deterioro de la buena voluntad
La propuesta de la FASB simplificaría la prueba de deterioro de la buena voluntad

Una entidad utiliza actualmente el Paso 2 para calcular el valor razonable implícito del fondo de comercio y compararlo con el valor contable de ese fondo de comercio.

«Al computar el valor razonable implícito del fondo de comercio con arreglo al paso 2, una entidad debe realizar procedimientos para determinar el valor razonable en la fecha de la prueba de deterioro de sus activos y pasivos (incluidos los activos y pasivos no reconocidos) siguiendo el procedimiento que se requeriría en una asignación del precio de compra de una empresa adquirida», dice la propuesta de ASU.

Con arreglo a las enmiendas propuestas, una entidad realizaría su prueba anual o cualquier prueba provisional de deterioro del fondo de comercio comparando el valor razonable de una unidad informante con su valor contable.

«Una entidad generalmente reconocería un cargo por deterioro por la cantidad en que el valor en libros excede el valor razonable de la unidad informante», dice la propuesta ASU. «Sin embargo, esa cantidad no debería exceder el valor contable del fondo de comercio asignado a esa unidad informante. Una entidad seguiría teniendo la opción de realizar la evaluación cualitativa para una unidad informante a fin de determinar si es necesaria la prueba cuantitativa de deterioro».

Además, la propuesta eliminaría el requisito de que toda unidad informante con un valor contable cero o negativo realice una evaluación cualitativa y, si no supera esa prueba cualitativa, realice la Etapa 2 de la prueba de deterioro del fondo de comercio.

«Por consiguiente, la misma evaluación del deterioro se aplicaría a todas las unidades informantes con valores contables cero o negativos y el monto del fondo de comercio asignado a esas unidades informantes», dice la propuesta de UAE.

¿De qué manera estos cambios propuestos simplificarían la presentación de informes financieros? Porque eliminarían la necesidad de determinar el valor razonable de los activos y pasivos individuales de una unidad informante para medir el deterioro del fondo de comercio, de acuerdo con una PwC En resumen sobre los posibles cambios de las reglas.

«El monto del deterioro reconocido en virtud de la propuesta podría ser mayor o menor que en la actualidad, dependiendo en gran medida de la diferencia entre el valor en libros y el valor razonable de ciertos activos de larga vida», dice el En resumen . «Por ejemplo, una entidad con importantes activos intangibles no reconocidos o activos significativamente apreciados puede reconocer un deterioro menor, mientras que una entidad con importantes propiedades, plantas y equipo con valores en libros superiores al valor razonable puede reconocer un deterioro mayor que el actual. Además, aunque algunas empresas pueden no reconocer ningún deterioro hoy en día, incluso cuando fracasan en el paso 1, según la propuesta, esas empresas tendrían que reconocer algún tipo de deterioro».

Los comentarios sobre la propuesta deben presentarse a la FASB antes del 11 de julio. Las instrucciones sobre cómo presentar los comentarios se encuentran en el borrador de la exposición.

La propuesta actual es la primera fase de un proyecto más amplio. En la segunda fase, la FASB tiene previsto colaborar con la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad para estudiar si deben introducirse cambios adicionales en la contabilización posterior del fondo de comercio.