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La Ley CARES otorga cuatro exenciones fiscales a las organizaciones benéficas

En esta época de crisis nacional, personas bienintencionadas y propietarios de negocios están colaborando, ofreciendo su apoyo a través de diversos medios. En consecuencia, la Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica contra el Coronavirus (CARES) aprobada en marzo incluye varios incentivos fiscales para las donaciones caritativas. A continuación se presenta un breve resumen de las cuatro principales exenciones fiscales para los donantes en la nueva ley.

1. Deducción por encima de la línea: Debido a los cambios en la Ley de Recortes de Impuestos y Empleos (TCJA), menos contribuyentes están detallando las deducciones que en el pasado reciente. Esencialmente, la TCJA redujo o suspendió ciertas deducciones para el período de 2018 a 2025, al tiempo que aumentó sustancialmente la deducción estándar durante el mismo período. Así pues, muchos donantes que actualmente optan por la deducción estándar no obtienen ningún beneficio fiscal por su generosidad, hasta ahora.

La Ley CARES otorga cuatro exenciones fiscales a las organizaciones benéficas
La Ley CARES otorga cuatro exenciones fiscales a las organizaciones benéficas

Según la Ley CARES, un individuo puede reclamar una deducción por encima de la línea de hasta 300 dólares por donaciones hechas a organizaciones de caridad cualificadas. Como resultado, los donantes pueden tener derecho a una deducción por caridad, ya sea que se detallen o no. La organización benéfica no tiene que estar asociada con la asistencia relacionada con la pandemia COVID-19. Sin embargo, la deducción no está disponible para las contribuciones a fundaciones privadas o fondos asesorados por el donante (FAD).

Los primeros 300 dólares donados en 2020 van a esta deducción. Por lo tanto, los detallistas se beneficiarán de la deducción antes de reclamar cualquier otra donación en la lista A. Cualquier exceso se transfiere durante cinco años. Nota: Aún no está claro si esta deducción se extenderá más allá de 2020. Espere la orientación del IRS sobre este asunto en breve.

2. Límite de deducción individual: Entre otras disposiciones restrictivas, el código tributario limita la deducción anual de un individuo por contribuciones monetarias al 60 por ciento del ingreso bruto ajustado (AGI). Este límite fue aumentado del 50 por ciento del AGI para 2018 al 2025 por el TCJA. Aún mejor: La Ley CARES eleva el límite de deducción al 100 por ciento del AGI para 2020.

En otras palabras, un contribuyente que detalla puede generalmente cancelar el monto total de sus donaciones caritativas en efectivo o equivalentes este año. Cualquier exceso por encima del 100 por ciento de AGI se arrastra hasta cinco años. Nota: Al igual que la deducción para los no desglosados, esta disposición no se aplica a las fundaciones privadas o a los DAF.

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3. Límite de deducción de las empresas: La ley tributaria también impone límites a las deducciones por contribuciones benéficas realizadas por las empresas. Notablemente, la deducción anual por donaciones de una corporación no puede exceder el 10 por ciento de su ingreso gravable. Por ejemplo, una corporación con un ingreso imponible de 10 millones de dólares se limita a una deducción de 1 millón de dólares. Cualquier excedente se transfiere por un máximo de cinco años.

En virtud de la Ley CARES, el umbral anual para las deducciones corporativas se aumenta al 25 por ciento de los ingresos imponibles para el año 2020. Volviendo a nuestro ejemplo anterior, una corporación con un ingreso imponible de 10 millones de dólares podría deducir hasta 2,5 millones de dólares. La regla para los traspasos todavía se aplica. Nota: Las donaciones benéficas deben estar debidamente justificadas (por ejemplo, se requiere un reconocimiento por escrito de la organización benéfica para cada donación monetaria de 250 dólares o más).

4. Donaciones de alimentos: Actualmente, hay una corriente de donaciones a organizaciones benéficas que alimentan a los hambrientos. La ley fiscal ya autoriza una deducción para las corporaciones que donan «alimentos aparentemente sanos» a una organización caritativa cualificada para el cuidado de los enfermos, los necesitados o los niños. Esta deducción es igual a la menor de las siguientes

  • El costo de los alimentos donados, más la mitad de la apreciación (es decir, la ganancia si los alimentos donados se vendieran al valor justo de mercado); o
  • El doble del costo de los alimentos donados

Normalmente, la deducción se limita al 15 por ciento de la renta imponible de la corporación, pero la Ley CARES aumenta el umbral al 25 por ciento de la renta imponible para el año 2020. Nota: Si una corporación deduce una contribución de alimentos, debe reducir su costo de bienes vendidos por el precio de compra original de los alimentos donados.

Mantenga a sus clientes informados de los cambios en los impuestos de las donaciones caritativas en la Ley CARES. Ayude a coordinar estrategias fiscales basadas en estas y otras disposiciones.

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