La Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) publicó una propuesta el 18 de noviembre que aclara el alcance de la contabilidad de modificación para las adjudicaciones de pagos basados en acciones.
La codificación de las normas de contabilidad de la FASB define el término «modificación» como «un cambio en cualquiera de los términos o condiciones de una concesión de pago basado en acciones», pero algunos interesados han dicho que esa definición es demasiado amplia y da lugar a una diversidad en la práctica.
Algunas entidades evalúan si un cambio en las condiciones de una adjudicación es sustantivo y se aplica entonces la contabilidad de modificación, pero otras concluyen que un cambio no es sustantivo, por lo que no aplican la contabilidad de modificación.
El problema es que el Tema 718, Compensación-Compensación de acciones , no contiene una orientación específica sobre qué cambios son sustanciales, dice la FASB.
Otro problema: las entidades aplican a veces una contabilidad de modificación a cualquier cambio que no sea de naturaleza puramente administrativa, mientras que otras aplican una contabilidad de modificación cuando un cambio en una adjudicación modifica el valor razonable, la adquisición de derechos o la clasificación de la adjudicación.
Así pues, la propuesta de actualización de las normas de contabilidad (ASU) proporciona orientación sobre qué cambios en las condiciones de una adjudicación de pagos basados en acciones requieren que una entidad aplique la contabilidad de modificación en el marco del tema 718.
Con arreglo a la propuesta, una entidad daría cuenta de los efectos de una modificación a menos que todos los elementos siguientes sean los mismos inmediatamente antes y después de la modificación:
- El valor razonable (o valor calculado o valor intrínseco, si se utiliza ese método de medición alternativo) de la adjudicación.
- Las condiciones de adquisición de derechos del laudo.
- La clasificación de la adjudicación como un instrumento de capital o un instrumento de pasivo.
«Los actuales requisitos de divulgación del Tema 718 se aplicarían independientemente de que una entidad esté obligada a aplicar la contabilidad de modificación en virtud de las enmiendas de esta actualización propuesta», afirma la propuesta de ASU.
Los comentarios sobre la propuesta ASU deben ser enviados antes del 6 de enero de 2017. Las instrucciones sobre cómo presentar comentarios al FASB se encuentran en el borrador de exposición.