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La FASB planea cambios en la consolidación de las entidades jurídicas

La Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) votó recientemente para hacer cambios en el Tema 810 de la Codificación de Normas de Contabilidad de la Junta, desarrollando nuevas reglas que abordan la consolidación de las entidades jurídicas y cómo se determina eso.

La propuesta de actualización de las normas de contabilidad, Consolidación (Tema 812) y Reorganización , se publica en respuesta a las preocupaciones de las partes interesadas en cuanto a la dificultad de comprender y navegar por las orientaciones sobre consolidación del Tema 810.

La FASB planea cambios en la consolidación de las entidades jurídicas
La FASB planea cambios en la consolidación de las entidades jurídicas

Así pues, las enmiendas del propuesto Tema 812 aclararían ciertos aspectos de la orientación sobre la consolidación.

Las enmiendas propuestas incluyen las enmiendas del Tema 810 propuesto, Mejoras dirigidas a la orientación de las partes relacionadas para las entidades de interés variable, sólo con fines ilustrativos. La propuesta del Tema 810 ya ha sido publicada para comentario público.

La propuesta incluye lo siguiente:

  • La guía de consolidación del Tema 810 se reorganizaría en el nuevo Tema 812.
  • Se incluirán los subtemas 812-20, Consolidación – Entidades de Interés Variable , y 812-30, Consolidación – Entidades de Interés Votante .
  • La orientación para Consolidación de entidades controladas por contrato , ahora en el Tema 810, se trasladaría al Tema 958, Entidades sin fines de lucro porque esa orientación se aplica sólo a las entidades sin fines de lucro.
  • La orientación que ahora se da en el subtema 810-30 para los arreglos de investigación y desarrollo sería reemplazada. Ciertos cambios harían que la orientación fuera más fácil de entender sin pretender cambiar los análisis realizados o los resultados alcanzados actualmente por los interesados.

Los comentarios deben enviarse el 4 de diciembre a una de las tres direcciones incluidas en la actualización propuesta.

La fecha de entrada en vigor de las enmiendas propuestas se hará después de que se examine la información sobre la propuesta.

La FASB ha establecido requisitos de transición porque los esfuerzos anteriores, similares a los propuestos en la actualización, han dado lugar a un cambio en la práctica en algunas circunstancias.

Entidades que aún no han adoptado las modificaciones en la actualización de las normas de contabilidad Nº 2015-02, Consolidación (Tema 810): Las enmiendas al Análisis de Consolidación , tendrían que adoptar las enmiendas en esta propuesta de actualización al mismo tiempo que adoptan las enmiendas en la Actualización 2015-02 y deberían aplicar el mismo método de transición elegido para la Actualización 2015-02. Concretamente, ello significa que la entidad informadora puede aplicar las enmiendas de esta actualización utilizando un enfoque retrospectivo modificado, registrando un ajuste de efecto acumulativo en el patrimonio a partir del comienzo del ejercicio fiscal de adopción, o puede aplicar las enmiendas de forma retrospectiva.

Las entidades que ya han adoptado las enmiendas de la Actualización 2015-02 tendrían que aplicar las enmiendas de esta propuesta de actualización con carácter retroactivo a todos los períodos anteriores pertinentes a partir del ejercicio fiscal en que se aplicaron inicialmente las enmiendas de la Actualización 2015-02.