La Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) publicó el 14 de diciembre una actualización de las normas de contabilidad (ASU) que aclara y enmienda las áreas clave de los PCGA.
«Aunque de alcance limitado, los cambios técnicos en la UAE tienen por objeto facilitar la comprensión y la aplicación de la orientación en todas las esferas importantes de los Principios de GAAP», dijo el Presidente de la FASB, Russell Golden, en una declaración preparada.

Las enmiendas de la ASU Nº 2016-19, Correcciones y mejoras técnicas , se aplican a todas las organizaciones informantes -incluidas las empresas públicas, las empresas privadas y las organizaciones sin fines de lucro- que entran en el ámbito de la orientación.
La mayoría de las enmiendas entran en vigor inmediatamente, mientras que otras lo hacen para los períodos de presentación de informes provisionales y anuales que comienzan después del 15 de diciembre de 2016.
Las siguientes 10 enmiendas afectan a todas las empresas y organizaciones, declaró la FASB:
1. Promueve el uso consistente del término «seguro participante» a lo largo del Subtema 715-30, Compensación-Beneficios de Jubilación-Planes de Beneficios Definidos-Pensión ; Subtema 715-60, Compensación-Beneficios de Jubilación-Planes de Beneficios Definidos-Otros Post-Jubilación ; y el Tema 944, Servicios Financieros-Seguro .
2. Promueve el uso consistente del término «reaseguro recuperable» en el Tema 825, Instrumentos Financieros , y el Tema 944.
3. Elimina el término «deuda» del Glosario Maestro de la Codificación de Normas Contables (ASC). La definición actual se codificó a partir de las directrices específicas para la reestructuración de deudas problemáticas. Esta enmienda restringe el uso de la definición actual al Subtema 310-40, Reestructuraciones de deuda problemática por parte de los acreedores , y al Subtema 470-60, Reestructuraciones de deuda problemática por parte de los deudores .
4. Elimina la frase «que no contienen restricciones de propósito» de la guía en el Tema 958, Entidades sin fines de lucro , que fue agregada por error por ASU No. 2016-14, Entidades sin fines de lucro (Tema 958): Presentación de los estados financieros de las entidades sin fines de lucro .
5. Añade una referencia al Subtema 350-40, Intangibles-Buenos deseos y otros programas informáticos de uso interno , para utilizarlos al contabilizar los programas informáticos de uso interno licenciados por terceros que se encuentran dentro del ámbito del Subtema 350-40.
6. Corrige la orientación existente en el subtema 360-20, Propiedad, planta y equipo – Ventas de bienes raíces , para aclarar que los préstamos asegurados bajo la Administración Federal de Vivienda y la Administración de Veteranos no tienen que estar totalmente asegurados por esos programas para reconocer las ganancias utilizando el método de acumulación total.
7. Aclara la diferencia entre un enfoque de valoración y una técnica de valoración al aplicar la orientación del Tema 820, Medición del valor razonable . La enmienda también exige que una organización revele cuándo ha habido un cambio en uno o ambos enfoques de valoración y/o técnicas de valoración.
8. Aclara en el subtema 405-40, Pasivos-Obligaciones derivadas de acuerdos de responsabilidad conjunta y solidaria , que para que el monto de una obligación en virtud de un acuerdo se considere fijo en la fecha de presentación de informes, el monto que debe fijarse no es el que corresponde a la organización, sino la obligación en su totalidad.
9. 9. Alinea la orientación para la aplicación con su orientación correspondiente en el subtema 860-20, Transferencias y servicios-ventas de activos financieros . La enmienda aclara las consideraciones que deben incluirse en un análisis para determinar si un cedente vuelve a tener un control efectivo sobre los activos financieros transferidos.
10. Añade una orientación al Subtema 860-50, Transferencias y activos y pasivos por servicios de mantenimiento , a partir de la Declaración de la Posición 01-6 de la AICPA, Contabilidad de determinadas entidades (incluidas las entidades con cuentas por cobrar) que prestan o financian las actividades de otros , sobre la contabilidad de la venta de derechos de mantenimiento cuando el cedente retiene préstamos que se omitieron en la ASC.