La Junta de Normas de Auditoría del Instituto Americano de Contadores Públicos (AICPA) ha publicado tres interpretaciones destinadas a ayudar a los auditores de planes y empleadores que auditan las entidades de los gobiernos estatales y locales que han aplicado las recientes directrices de contabilidad de pensiones de la Junta de Normas de Contabilidad Gubernamental (GASB).
En junio de 2012, la GASB publicó dos nuevas normas que modifican sustancialmente la contabilidad y la información financiera de los planes de pensiones de los empleados públicos de los gobiernos estatales y locales.
El estado financiero No. 67, Informes financieros para los planes de pensiones , revisa las directrices existentes para los informes financieros de la mayoría de los planes de pensiones. Declaración No. 68, Contabilidad y presentación de informes financieros para las pensiones , revisa y establece nuevos requisitos de presentación de informes financieros para la mayoría de los gobiernos que proporcionan a sus empleados beneficios de pensión.
El estado financiero 67 tiene vigencia para los estados financieros correspondientes a los períodos que comiencen después del 15 de junio de 2013, mientras que el estado financiero 68 tiene vigencia para los ejercicios económicos que comiencen después del 15 de junio de 2014.
La Junta de Normas de Auditoría de la AICPA emitió las siguientes interpretaciones de auditoría:
- Interpretación No. 2, Auditor del Empleador Participante en un Plan de Pensiones de Empleadores Múltiples con Participación en los Gastos del Gobierno , de la sección 500 de la AU-C, Evidencia de Auditoría
- Interpretación Nº 1, Auditor del Empleador Participante en un Plan de Pensiones del Gobierno , de la sección 600 de la AU-C, Consideraciones Especiales – Auditorías de los Estados Financieros del Grupo (incluyendo el trabajo de los auditores de los componentes)
- Interpretación Nº 1, Auditor del Plan de Pensiones de Empleados Múltiples con participación del Gobierno en los gastos , de la sección 805 de la AU-C, Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros individuales y elementos, cuentas o artículos específicos de un estado financiero
Las interpretaciones, junto con los recientes libros blancos relacionados con los planes de participación en la financiación de los gastos (publicados por el Grupo de Expertos de los gobiernos estatales y locales de la AICPA), pueden consultarse en la sección «GASB Matters» del sitio web del Centro de Calidad de la Auditoría Gubernamental.
Nuevas ayudas para la práctica de la APC
A principios de esta semana, la AICPA también publicó nuevas ayudas de práctica técnica para los contadores públicos en relación con una reciente actualización de las orientaciones sobre entidades de interés variable de la Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB).
El 20 de marzo, la FASB propuso una alternativa contable que, si se cumplen ciertas condiciones, eximiría a las empresas privadas de aplicar la orientación de entidad de interés variable a los arrendadores en virtud de acuerdos de arrendamiento con control común.
Con arreglo a la nueva orientación – Actualización de las normas de contabilidad de la FASB Nº 2014-07, Aplicación de la orientación sobre entidades de interés variable a los acuerdos de arrendamiento con control común – la empresa privada haría en cambio ciertas revelaciones sobre el arrendador y el acuerdo de arrendamiento.
La alternativa fue aprobada por el Consejo de Empresas Privadas (PCC), que trabaja con la FASB para aumentar la pertinencia y reducir la complejidad de ciertas normas para las empresas privadas que preparan estados financieros con arreglo a los principios de contabilidad generalmente aceptados de los Estados Unidos (GAAP).
Las Preguntas y Respuestas Técnicas de la AICPA 9150.34 y 9160.30 (AICPA, Ayudas para la Práctica Técnica ) se publicaron para proporcionar orientación no autorizada respecto de la modificación del informe de compilación o examen del contador cuando un cliente adopta una alternativa de contabilidad PCC que da lugar a un cambio en un informe previamente publicado, y del informe del auditor cuando un cliente adopta una alternativa de contabilidad PCC que da lugar a un cambio en un informe previamente publicado.
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