Soy una abogada y autora que ha escrito y dado conferencias sobre las normas fiscales para las exenciones de dependencia. Así que con frecuencia recibo preguntas sobre las exenciones, la mayoría de las veces relacionadas con situaciones rutinarias. Pero algunas recientes se destacan, por sus vínculos con nuestra política polarizada. Y vemos que no hay nada más polarizante que la cuestión de cuándo un feto se convierte en persona.
Pregunta: ¿Recibo la exención total para un niño que nacerá a finales de este año?

Respuesta: Sí, incluso para un niño nacido tan tarde como el 31 de diciembre. Esto también es cierto incluso cuando un niño vive sólo por un momento. El hecho de que un niño nazca vivo depende de la ley estatal. Debe haber una prueba de un nacimiento vivo que se demuestre mediante un documento oficial, como un certificado de nacimiento. En 1973, el IRS emitió un fallo que prohibía la exención de un niño nacido muerto (Resolución 73-156 de la Agencia Tributaria).
Pregunta: Mi esposo y yo presentamos las declaraciones federales y estatales de 2013 justo antes de la fecha límite de presentación en abril de 2014. Varios días después, di a luz a dos niños gemelos concebidos en 2013.
Luego tuve una epifanía sobre la solicitud de exenciones de dependencia para los gemelos del año anterior. Suponiendo que el IRS diera su bendición, esas dos exenciones nos ahorrarían varios miles de dólares más de impuestos para 2013, cuando ambos trabajábamos todo el año, que para 2014, cuando dejé de trabajar después de enero.
Para saber si debo seguir el camino anterior, pensé en consultar con mi primo Bernie el abogado, que recientemente aprobó el examen del colegio de abogados y fue el mejor estudiante en sus cursos de impuestos en la escuela de leyes. Debido a que Bernie es severamente pro-vida y cree que la vida comienza en la concepción, lee que el código fiscal me da derecho a modificar las declaraciones de 2013 y recuperar los reembolsos, más los intereses.
Pero Bernie pensó que era prudente transmitir una advertencia de un portavoz del Tea Party: Esperar que una agencia firme sostenga que un feto no es una persona. Por lo tanto, el IRS invocará el requisito de nacimiento en vivo de la Resolución 73-156 y rechazará mi solicitud de reembolso por dos exenciones adicionales. ¿Debería molestarme con una solicitud de reembolso?
Respuesta: No. El IRS tiene el sólido respaldo de los tribunales de que un niño no nacido no califica como dependiente.
Tomemos el caso de Andrea Cassman, que quedó embarazada en octubre de 1991 y dio a luz un hijo en julio de 1992. Andrea modificó su declaración de 1991 y reclamó el hijo.
El IRS se negó, y ella llevó la disputa a la Corte de Reclamos de los EE.UU., que se puso del lado de los recaudadores de impuestos. El tribunal señaló que permitir una exención a partir de la fecha de concepción generaría un atolladero administrativo, mientras que la fecha de nacimiento es una fecha fácilmente identificable, con un nacimiento vivo que da lugar a la emisión de un certificado de nacimiento y a la creación de un registro claro.
Permitir deducciones basadas en la concepción crearía confusión debido a la incertidumbre sobre cuándo se produce realmente la concepción. Además, dijo el tribunal, un enfoque basado en la fecha de concepción autorizaría exenciones para los embarazos que nunca resultaron en nacimientos vivos y la emisión de certificados de nacimiento, incluidos los embarazos terminados por abortos espontáneos, abortos inducidos y mortinatos.
Sobre el autor:
Julian Block escribe y practica leyes en Larchmont, Nueva York, y anteriormente estuvo con el IRS como agente especial (investigador criminal) y abogado. Más sobre este tema está disponible en «Julian Block’s Year Round Tax Strategies», disponible en julianblocktaxexpert.com.