En American Institute of Certified Public Accountants v. Internal Revenue Service , No. 16-5256 (D.C. Cir. 8/14/18), el Tribunal de Apelaciones del Circuito de D.C. sostuvo recientemente que la AICPA tenía capacidad para impugnar el programa voluntario de la temporada de presentación anual del IRS. Sin embargo, el tribunal sostuvo para el IRS en cuanto a los méritos y permitió a la agencia continuar con el programa, que ya había entrado en vigor mientras estaba pendiente la impugnación de la AICPA.
La corte de apelaciones envió el caso de vuelta al circuito de D.C. para dictar sentencia para el IRS.
El caso se convirtió en un «esfuerzo de larga data del IRS para abordar los problemas percibidos en el mercado de los servicios de preparación de impuestos», según la declaración. En 2011, el IRS adoptó una regla que habría regulado a todos los preparadores de impuestos por primera vez. Esa regla fue impugnada, y la mayor parte de ella fue ordenada por el tribunal de distrito en Loving v. IRS .
Tras el litigio de Loving, el IRS instituyó una estrategia voluntaria conocida como el Programa de Temporada de Presentación Anual. Esto permite a los preparadores de impuestos no inscritos distinguirse de los inscritos y tener derechos limitados para representar a los contribuyentes en las auditorías de las declaraciones de impuestos del IRS.
La AICPA impugnó el programa anual en el tribunal de distrito, diciendo que violaba la Ley de Procedimiento Administrativo (APA). El tribunal de distrito desestimó inicialmente el caso por falta de legitimación constitucional ( Am. Inst. de Cert. Pub. Accnts. v. IRS , No. 14-1190, 2014 WL 5585334 (D.D.C. 27 de octubre de 2014) (AICPA I)).
El tribunal de apelaciones revocó esa decisión y, en la prisión preventiva, el IRS pidió que se dictara sentencia sobre los alegatos, argumentando que la AICPA carecía de valor legal. El tribunal de distrito concedió la moción, que la AICPA apeló.
Los jueces de apelación revocaron la decisión del tribunal inferior, diciendo que la AICPA tiene capacidad legal para impugnar el programa porque sus miembros emplean preparadores no inscritos. Los jueces de apelación encontraron que el programa no viola la APA en la forma en que la AICPA lo sostiene.