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El IRS anuncia las limitaciones del plan de pensiones para 2012

IR-2011-103, 20 de octubre de 2011

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) ha anunciado ajustes por el costo de la vida que afectan a las limitaciones en dólares de los planes de pensiones y otros elementos relacionados con la jubilación para el año fiscal 2012. En general, muchas de las limitaciones de los planes de pensiones cambiarán para 2012 porque el aumento del índice del costo de vida alcanzó los umbrales reglamentarios que desencadenan su ajuste. Sin embargo, otras limitaciones no cambiarán.

El IRS anuncia las limitaciones del plan de pensiones para 2012
El IRS anuncia las limitaciones del plan de pensiones para 2012

Lo más destacado es:

  • El límite de aplazamiento electivo (contribución) para los empleados que participan en los planes 401(k), 403(b), la mayoría de los planes 457 y el Plan de Ahorro del gobierno federal se aumenta de 16.500 a 17.000 dólares.
  • El límite de contribución para los mayores de 50 años se mantiene sin cambios en 5.500 dólares.
  • La deducción para los contribuyentes que hacen contribuciones a una cuenta IRA tradicional se elimina progresivamente para los solteros y los jefes de familia que están cubiertos por un plan de jubilación en el lugar de trabajo y han modificado los ingresos brutos ajustados (AGI) entre 58.000 y 68.000 dólares, lo que supone un aumento de 56.000 a 66.000 dólares en 2011. Para las parejas casadas que presentan una declaración conjunta, en la que el cónyuge que hace el aporte a la cuenta IRA está cubierto por un plan de jubilación del lugar de trabajo, el rango de reducción progresiva de los ingresos es de 92.000 a 112.000 dólares, lo que supone un aumento de 90.000 a 110.000 dólares. En el caso de un contribuyente de una cuenta IRA que no está cubierto por un plan de jubilación del lugar de trabajo y está casado con alguien que sí lo está, la deducción se elimina gradualmente si el ingreso de la pareja está entre $173.000 y $183.000, en un rango de entre $169.000 y $179.000.
  • El rango de eliminación de AGI para los contribuyentes que hacen contribuciones a una cuenta IRA Roth es de 173.000 a 183.000 dólares para las parejas casadas que se presentan conjuntamente, hasta un máximo de 169.000 dólares a 179.000 dólares en 2011. Para los solteros y los jefes de familia, el rango de eliminación de ingresos es de 110.000 a 125.000 dólares, de 107.000 a 122.000 dólares. Para un individuo casado que presenta una declaración por separado y está cubierto por un plan de jubilación en el trabajo, el rango de eliminación progresiva sigue siendo de 0 a 10.000 dólares.
  • El límite de AGI para el crédito del ahorrador (también conocido como crédito de contribuciones de ahorro para la jubilación) para los trabajadores de ingresos bajos y moderados es de 57.500 dólares para las parejas casadas que presentan una declaración conjunta, frente a 56.500 dólares en 2011; 43.125 dólares para los jefes de familia, frente a 42.375 dólares; y 28.750 dólares para las personas casadas que presentan una declaración por separado y para los solteros, frente a 28.250 dólares.

A continuación se detallan las limitaciones no modificadas y ajustadas:

  • El artículo 415 del Código de Rentas Internas establece limitaciones en dólares a las prestaciones y contribuciones de los planes de jubilación calificados. El artículo 415 d) exige que el Comisionado ajuste anualmente esos límites por los aumentos del costo de la vida. Otras limitaciones aplicables a los planes de compensación diferida también se ven afectadas por estos ajustes en virtud de la sección 415. En virtud del apartado d) de la sección 415, los ajustes se harán de conformidad con procedimientos de ajuste similares a los utilizados para ajustar las cuantías de las prestaciones en virtud del apartado i) del párrafo 2 del artículo 215 A) de la Ley del Seguro Social.
  • Las limitaciones que se ajustan en virtud del apartado d) de la sección 415 cambiarán en general para 2012 porque el aumento del índice del costo de la vida alcanzó los umbrales reglamentarios que dan lugar a su ajuste. Por ejemplo, la limitación prevista en el artículo 402 g) 1) sobre la exclusión por aplazamientos electivos descrita en el artículo 402 g) 3) aumentará de 16.500 a 17.000 dólares para 2012. Esta limitación afecta los aplazamientos electivos a los planes de la Sección 401(k), los planes de la Sección 403(b) y el Plan de Ahorro del Gobierno Federal.
  • Con efecto a partir del 1 de enero de 2012, la limitación del beneficio anual en un plan de beneficios definidos según la sección 415(b)(1)(A) se aumenta de 195.000 dólares a 200.000 dólares.
  • En virtud de la sección 1.415 d)-1 a) 2) ii) del Reglamento del impuesto sobre la renta, el ajuste de la limitación en un plan de prestaciones definidas en virtud de la sección 415 b) 1) B) se determina utilizando una regla especial. Esta regla especial tiene en cuenta los siguientes antecedentes recientes de cambios en los índices del costo de la vida:

(1) el índice del costo de vida para el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2009 fue menor que el índice del costo de vida para el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2008;

(2) el índice del costo de vida para el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2010 fue mayor que el índice del costo de vida para el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2009, pero menor que el índice del costo de vida para el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2008; y

(3) el índice del costo de vida para el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2011 fue mayor que los índices del costo de vida de todos los períodos anteriores.

  • En el caso de un participante que se haya separado del servicio antes del 1º de enero de 2010, la limitación de un plan de beneficios definidos según la Sección 415(b)(1)(B) para 2012 se calcula multiplicando la limitación de la compensación del participante para 2011 por 1,0327 a fin de reflejar los cambios en el índice del costo de la vida desde el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2008 hasta el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2011. En el caso de un participante que se separó del servicio durante 2010 ó 2011, la limitación de un plan de beneficios definidos según la Sección 415(b)(1)(B) para 2012 se calcula multiplicando la limitación de compensación del participante para 2011 por 1.0376 a fin de reflejar los cambios en el índice del costo de vida desde el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2010 hasta el trimestre que terminó el 30 de septiembre de 2011.
  • La limitación de los planes de aportaciones definidas en virtud de la sección 415 c) 1) A) se aumenta en 2012 de 49.000 a 50.000 dólares.

El Código dispone que otras diversas cantidades en dólares se ajustarán al mismo tiempo y de la misma manera que la limitación en dólares del artículo 415 b) 1) A). Tras tener en cuenta las normas de redondeo aplicables, las cantidades para 2012 son las siguientes:

  • La limitación en virtud de la Sección 402(g)(1) sobre la exclusión de los aplazamientos electivos descritos en la Sección 402(g)(3) se aumenta de 16.500 a 17.000 dólares.
  • El límite de compensación anual en virtud de los artículos 401(a)(17), 404(l), 408(k)(3)(C) y 408(k)(6)(D)(ii) se aumenta de 245.000 dólares a 250.000 dólares.
  • La limitación en dólares del artículo 416(i)(1)(A)(i) relativa a la definición de empleado clave en un plan de alta densidad se aumenta de 160.000 dólares a 165.000 dólares.
  • La suma en dólares prevista en el artículo 409 o) 1) C ii) para determinar el saldo máximo de la cuenta en un plan de propiedad de acciones para empleados sujeto a un período de distribución de 5 años se aumenta de 985.000 dólares a 1.015.000 dólares, mientras que la suma en dólares utilizada para determinar la prolongación del período de distribución de 5 años se aumenta de 195.000 dólares a 200.000 dólares.
  • La limitación utilizada en la definición de empleado altamente remunerado en la sección 414(q)(1)(B) se aumenta de 110.000 dólares a 115.000 dólares.
  • La limitación en dólares establecida en la Sección 414(v)(2)(B)(i) para las contribuciones para ponerse al día a un plan de empleador aplicable que no sea un plan descrito en la Sección 401(k)(11) o la Sección 408(p) para personas de 50 años de edad o más permanece sin cambios en 5.500 dólares. La limitación en dólares según la Sección 414(v)(2)(B)(ii) para las contribuciones para ponerse al día a un plan de empleador aplicable descrito en la Sección 401(k)(11) o la Sección 408(p) para personas de 50 años o más permanece sin cambios en $2,500.
  • La limitación de la indemnización anual en virtud del artículo 401 a) 17) para los participantes con derecho a participar en determinados planes gubernamentales que, con arreglo al plan en vigor al 1º de julio de 1993, permitía tener en cuenta los ajustes por costo de la vida de la limitación de la indemnización con arreglo al plan en virtud del artículo 401 a) 17), se aumenta de 360.000 a 375.000 dólares.
  • El monto de la compensación según el artículo 408(k)(2)(C) relativo a las pensiones simplificadas de los empleados (SEP) se mantiene sin cambios en 550 dólares.
  • La limitación de la sección 408(p)(2)(E) en cuanto a las cuentas de jubilación SIMPLE permanece sin cambios en 11.500 dólares.
  • La limitación de los aplazamientos en virtud del artículo 457 e) 15) relativo a los planes de compensación diferida de los gobiernos estatales y locales y las organizaciones exentas de impuestos se aumenta de 16.500 a 17.000 dólares.
  • Las cuantías de indemnización previstas en la sección 1.61 21 f) 5) i) del Reglamento del impuesto sobre la renta relativa a la definición de «empleado de control» a los efectos de la valoración de las prestaciones complementarias se aumentan de 95.000 a 100.000 dólares. La cuantía de la indemnización prevista en la sección 1.61 21 f) 5) iii) se aumenta de 195.000 dólares a 205.000 dólares.

El Código también dispone que varias sumas relacionadas con las pensiones se ajustarán utilizando el ajuste por costo de la vida previsto en el apartado 3 del párrafo f) del artículo 1. Tras tener en cuenta las normas de redondeo aplicables, las cantidades para 2012 son las siguientes:

  • La limitación del ingreso bruto ajustado en virtud de la sección 25B(b)(1)(A) para determinar el crédito de contribución de ahorros para la jubilación para los contribuyentes casados que presentan una declaración conjunta se aumenta de 34.000 a 34.500 dólares; la limitación en virtud de la sección 25B(b)(1)(B) se aumenta de 36.500 a 37.500 dólares; y la limitación en virtud de las secciones 25B(b)(1)(C) y 25B(b)(1)(D) se aumenta de 56.500 a 57.500 dólares.
  • La limitación del ingreso bruto ajustado conforme a la Sección 25B(b)(1)(A) para determinar el crédito de contribución de ahorros para la jubilación de los contribuyentes que se presentan como jefes de familia se aumenta de 25.500 dólares a 25.875 dólares; la limitación conforme a la Sección 25B(b)(1)(B) se aumenta de 27.375 dólares a 28.125 dólares; y la limitación conforme a las Secciones 25B(b)(1)(C) y 25B(b)(1)(D), se aumenta de 42.375 dólares a 43.125 dólares.
  • La limitación del ingreso bruto ajustado conforme a la Sección 25B(b)(1)(A) para determinar el crédito por contribución de ahorros para la jubilación para todos los demás contribuyentes se aumenta de 17.000 a 17.250 dólares; la limitación conforme a la Sección 25B(b)(1)(B) se aumenta de 18.250 a 18.750 dólares; y la limitación conforme a las Secciones 25B(b)(1)(C) y 25B(b)(1)(D), se aumenta de 28.250 a 28.750 dólares.
  • La cantidad deducible según el artículo 219(b)(5)(A) para un individuo que hace contribuciones calificadas para la jubilación se mantiene sin cambios en 5.000 dólares.
  • La suma en dólares aplicable en virtud del apartado 3) B) i) del párrafo g) del artículo 219 para determinar la cantidad deducible de una contribución a la cuenta individual de jubilación para los contribuyentes que son participantes activos que presentan una declaración conjunta o como viudo o viuda que reúne los requisitos necesarios se aumenta de 90.000 dólares a 92.000 dólares. La cantidad en dólares aplicable en virtud del artículo 219 g) 3) B) ii) para todos los demás contribuyentes (salvo los casados que presentan declaraciones separadas) se aumenta de 56.000 a 58.000 dólares. La suma en dólares aplicable con arreglo al apartado 7) A del párrafo g) del artículo 219 para un contribuyente que no sea un participante activo pero cuyo cónyuge sea un participante activo se aumenta de 169.000 dólares a 173.000 dólares.
  • El límite de ingresos brutos ajustados en virtud de la sección 408A(c)(3)(C)(ii)(I) para determinar la contribución máxima de la cuenta Roth IRA para los contribuyentes casados que presentan una declaración conjunta o para los contribuyentes que presentan una declaración de viudo(a) que cumpla los requisitos se aumenta de 169.000 dólares a 173.000 dólares. El límite de ingreso bruto ajustado según la Sección 408A(c)(3)(C)(ii)(II) para todos los demás contribuyentes (excepto los casados que presentan declaraciones por separado) se aumenta de 107.000 dólares a 110.000 dólares.
  • La suma en dólares prevista en el artículo 430 c) 7) D i) II) utilizada para determinar la compensación excesiva de los empleados con respecto a un plan de pensiones de prestaciones definidas de un solo empleador para el que se ha hecho la elección especial prevista en el artículo 430 c) 2) D) se aumenta de 1.014.000 dólares a 1.039.000 dólares.