El 1 de febrero, la Junta de Normas de Contabilidad Gubernamentales (GASB) publicó una guía para los gobiernos estatales y locales con el fin de unificar la identificación y la presentación de informes financieros de las actividades fiduciarias.
La Declaración Nº 84 de la GASB, Actividades fiduciarias, aborda lo que constituye actividades fiduciarias para la presentación de informes financieros, cómo se deben informar y cuándo se deben señalar las obligaciones para con los beneficiarios.

Si bien los gobiernos deben informar de las actividades fiduciarias en los estados financieros de los fondos fiduciarios, las normas existentes no son lo suficientemente detalladas para describirlas. Eso ha dado lugar a variaciones en la forma de identificar y notificar esas actividades.
«Los requisitos de esta declaración aumentarán la coherencia y la comparabilidad mediante: 1) el establecimiento de criterios específicos para identificar las actividades que deben notificarse como actividades fiduciarias, y 2) la aclaración de si las actividades de tipo empresarial deben notificar sus actividades fiduciarias y cómo deben hacerlo», dice la orientación. «Una mayor coherencia y comparabilidad aumenta el valor de la información comunicada en los estados financieros para evaluar la rendición de cuentas y la gestión gubernamental».
Los criterios se centran en:
- Si un gobierno controla los activos de una actividad fiduciaria.
- Los beneficiarios con los que existe una relación fiduciaria.
Los criterios separados identifican las unidades del componente fiduciario y los acuerdos de prestaciones posteriores al empleo que son actividades fiduciarias.
Una actividad que cumpla los criterios del estado 84 debe ser reportada en un fondo fiduciario en los estados financieros básicos. Los gobiernos con actividades que cumplan los criterios deben presentar un estado de posición fiduciaria neta y un estado de cambios en la posición fiduciaria neta.
Entre los cuatro fondos fiduciarios que deben notificarse figuran:
- Fondos fiduciarios de pensiones (y otras prestaciones para empleados)
- Fondos fiduciarios de inversión
- Fondos fiduciarios para fines privados
- Fondos de custodia
Por lo general, los fondos de custodia deben informar de las actividades fiduciarias que no se mantienen en un fideicomiso o un arreglo equivalente si ello cumple criterios específicos, de acuerdo con la orientación.
Los nuevos requisitos entran en vigor para los períodos de presentación de informes que comiencen después del 15 de diciembre de 2018. La JGA alienta la aplicación anticipada.
Los cambios que se hagan para cumplir con la orientación deberán aplicarse retroactivamente volviendo a presentar los estados financieros de todos los períodos anteriores presentados. Si ello no es factible, «el efecto acumulativo, si lo hubiera, de la aplicación de esta declaración debe consignarse como una reexpresión de la posición neta inicial (o del saldo o la posición neta de los fondos, según proceda) para el período más antiguo que se haya reexpresado», según las directrices.
En el primer período de aplicación de las orientaciones, las notas de los estados financieros deben indicar la naturaleza de la reevaluación y su efecto. Si no se reexpresan los períodos anteriores, se debe indicar la razón.