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El borrador de la AICPA busca comentarios sobre la nueva norma para los ingresos por honorarios de los corredores-agentes

El Comité Ejecutivo de Información Financiera del Instituto Americano de Contadores Públicos (AICPA) ha publicado un borrador de trabajo que aborda los ingresos por concepto de honorarios de venta y distribución de los corredores-traficantes en relación con la nueva norma de reconocimiento de ingresos de la Junta Federal de Normas de Contabilidad.

El borrador es el número 3-2 de Broker-Dealer, Selling and Distribution Fee Revenue .Los comentarios deben enviarse antes del 1 de marzo a la dirección que figura en el borrador.

El borrador de la AICPA busca comentarios sobre la nueva norma para los ingresos por honorarios de los corredores-agentes
El borrador de la AICPA busca comentarios sobre la nueva norma para los ingresos por honorarios de los corredores-agentes

El borrador incluye esta explicación de antecedentes: Las cuentas administradas u otros fondos llegan a acuerdos con los distribuidores para vender acciones a los inversores.

Hay varias maneras de pagar a los distribuidores por el mismo servicio. Se pueden pagar por adelantado, durante un período de tiempo como, por ejemplo, mediante cuotas 12b-1 basadas en una tasa contratada que se aplica al valor de mercado mensual o trimestral del fondo, o cuando los inversores abandonan el fondo mediante un cargo por ventas diferidas contingentes (CDSC), o una combinación.

El borrador aborda los honorarios iniciales, continuos y del CDSC como honorarios de distribución. Los distribuidores también pueden tener que hacer frente a costos, como las comisiones, por la prestación de servicios de venta o distribución por parte de sus empleados (como representantes de ventas) o de terceros distribuidores en su nombre.

El proyecto aborda estas cuestiones:

  • Identificar un contrato con un cliente.
  • Identificar las obligaciones de cumplimiento por separado.
  • Determinar el precio de la transacción.
  • Asignar el precio de la transacción a las obligaciones de cumplimiento.
  • Reconocer los ingresos cuando o como la entidad satisface una obligación de desempeño
  • Reconocimiento de costes.