No hay duda de que sus clientes de comercio electrónico sentirán el impacto de la decisión de Wayfair , pero a medida que los estados introducen o desempolvan sus reglas de nexo económico para los vendedores remotos, un área en la que las reglas estatales divergen es su medida de los umbrales económicos.
El nexo económico permite a los estados que lo adoptan obligar a los vendedores de otros estados a recaudar sus impuestos estatales sobre las ventas; anteriormente, no se les podía obligar de manera similar bajo la norma de presencia física
La reciente decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso South Dakota v. Wayfair abrió la puerta para que los estados ampliaran el alcance de su red de impuestos sobre las ventas. El nuevo enfoque en los ingresos estatales frente a la presencia física en el estado significa que muchos minoristas que antes no estaban obligados a recaudar impuestos estatales sobre las ventas en lugares remotos ahora deben hacerlo.
Por buenas razones, la adopción por parte de la Corte del nexo económico del impuesto sobre las ventas es un elemento crucial. Este es el concepto legal bajo el cual un estado puede obligar a un vendedor en otro estado a recaudar sus impuestos estatales sobre las ventas realizadas a clientes dentro del estado, basándose en la cantidad de negocios que el vendedor lleva a cabo dentro del estado remoto.
Recordemos que la ley impugnada en Wayfair era una ley de Dakota del Sur que aplicaba los principios del nexo económico a los impuestos sobre las ventas. En 2016, cuando la ley fue aprobada en Dakota del Sur, era inconstitucional a primera vista. Ahora, según la decisión de junio, es muy probable que sea una ley constitucional y que se pueda hacer cumplir.
En la decisión, el Tribunal declaró: «La ley en cuestión requiere que un comerciante cobre el impuesto sólo si hace una cantidad considerable de negocios en el Estado». En virtud de la ley de Dakota del Sur, un vendedor a distancia sólo está obligado a recaudar el impuesto estatal sobre las ventas si vende más de 100.000 dólares anuales a clientes de Dakota del Sur o realiza más de 200 transacciones distintas con clientes del Estado cada año.
Medición del umbral del nexo económico
La comprensión de la medida de un umbral de nexo económico es importante para cualquier vendedor, en particular para los que realizan ventas al por menor sujetas a impuestos. Sin embargo, el lenguaje elegido por algunos estados para describir la medida de sus umbrales de nexo económico debería dar una pausa a otros vendedores también.
Por ejemplo, la ley de Dakota del Sur de Wayfair describe el umbral de 100.000 dólares como «ingresos brutos procedentes de la venta de bienes personales tangibles, de cualquier producto transferido electrónicamente o de los servicios prestados en Dakota del Sur». La ley no define específicamente el término «ingresos brutos». Sin embargo, el estado define una «venta al por menor» como cualquier venta para cualquier propósito aparte de la reventa. La elección del estado de utilizar los ingresos brutos en su ley de nexo económico en lugar de las ventas al por menor ilustra que la medida del umbral de la ley tiene probablemente la intención de incluir más que sólo las ventas al por menor gravables.
Al describir su base impositiva estatal de ventas, la ley de Dakota del Sur define los «ingresos brutos» como «el monto o la contraprestación total, incluidos el efectivo, el crédito, los bienes y los servicios, por los que se venden bienes personales tangibles, cualquier producto transferido electrónicamente o servicios». Intencionalmente o no, una lectura razonable de la ley de nexo económico de Dakota del Sur deja la impresión de que, tanto si se trata de ventas gravables como si no, la mayoría de las ventas realizadas a los clientes de este estado están incluidas en la medida del nuevo umbral de nexo económico del estado.
Todos los días, se hacen ventas en el comercio donde no se debe pagar ningún impuesto sobre las ventas. Además, muchas de ellas son ventas para reventa. Si la medida del umbral del nexo económico de un estado incluye las ventas para reventa u otras ventas no gravables, los mayoristas y otros vendedores pueden encontrarse con que tienen la obligación de cumplir con las normas del impuesto estatal sobre las ventas incluso cuando no tienen la obligación de recaudar impuestos sobre las ventas que realizan, especialmente manteniendo la documentación necesaria para respaldar las ventas realizadas libres de impuestos para la reventa.
Más allá de la venta al por menor
Con el tiempo, más estados proporcionarán más claridad y, con suerte, añadirán algo de carne a las leyes y reglas de nexo económico de los huesos desnudos que actualmente promulgan. Mientras tanto, una lectura razonable de muchas normas sobre el nexo económico de los estados indica que estos estados pueden estar arrojando una amplia red de ingresos de calificación para fines de umbral. Entre ellos figuran Connecticut, Hawai, Iowa, Illinois, Indiana, Kentucky, Luisiana, Maine, Michigan, Misisipí, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Nueva Jersey, Ohio, Carolina del Sur y Utah.
Los mayoristas deberían considerar un futuro en el que la recopilación, verificación y gestión de la documentación de exención de reventa se convierta en una obligación multiestatal. Muchos estados no son terriblemente generosos al permitir que la reventa u otras exenciones pasen la auditoría a menos que la documentación adecuada, válida y aplicable esté en manos del vendedor en el momento de la venta.
Para los grandes mayoristas, la automatización del proceso de aceptación y solicitud de documentos de exención tiene sentido -con o sin normas de nexo económico- para evitar el uso indebido de los documentos y mitigar el riesgo. El resultado es que cualquier mayorista, independientemente de su tamaño, debería aprovechar esta oportunidad para examinar el estado actual de su gestión de la documentación de reventa y aplicar mejoras, cuando sea necesario, a su personal, sus procesos y su tecnología para garantizar una función de documentación de exención sin fisuras y sin riesgos.