El 16 de junio, la Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) publicó la actualización de las normas de contabilidad (ASU) Nº 2016-13, Instrumentos financieros – Pérdidas de créditos (Tema 326): Medición de las pérdidas de crédito en instrumentos financieros . Esta norma es la culminación de casi un decenio de trabajo después de la crisis financiera y el posterior debate sobre el momento adecuado para reconocer el deterioro de los instrumentos financieros.
La guía introduce un nuevo modelo de deterioro, que se ha conocido como el modelo CECL (current expected credit losses). Representa un cambio significativo con respecto al modelo actual de pérdidas incurridas. Según el modelo CECL, en general podemos esperar que las pérdidas crediticias se reconozcan antes que con el modelo de pérdidas incurridas.

Esta UAE es un gran negocio para la industria de servicios financieros, cuyos balances incluyen miles de millones de instrumentos financieros. Las empresas que no pertenecen a la industria financiera pueden no haber prestado mucha atención a este proyecto de la FASB, pero las entidades de industrias distintas a la de servicios financieros también se verán afectadas por esta nueva UAS. Las cuentas por cobrar, las inversiones netas en arrendamientos, los préstamos o los títulos de deuda mantenidos hasta el vencimiento son sólo algunos tipos de instrumentos financieros en el ámbito del nuevo modelo de CECL.
Con arreglo a este nuevo enfoque, las entidades tendrán que estimar las pérdidas crediticias en que esperan incurrir a lo largo de la vida restante de un instrumento financiero contabilizado al costo amortizado y sujeto a pérdidas crediticias. Para ello, las entidades tendrán que hacer previsiones razonables (incluidos los pagos anticipados previstos), lo que requerirá mucho juicio.
En el caso de los títulos de deuda disponibles para la venta, las entidades ya no tendrán que tener en cuenta el tiempo durante el cual un título estuvo bajo el agua.En su lugar, las entidades tendrán que estimar su pérdida crediticia estimada, pero sólo si el valor razonable del instrumento ha descendido por debajo de su costo amortizado.
La pérdida de valor del crédito se registrará mediante una reserva de valoración por la cantidad en que el valor razonable exceda el costo amortizado de la garantía.Además, las entidades podrán reducir su reserva de valoración de CECL en caso de recuperaciones posteriores. Esto también podría ser un gran cambio para ciertas entidades.
La FASB también ha modificado la contabilidad de los activos financieros adquiridos con deterioro del crédito desde su origen.
Por supuesto, al igual que con todas las demás normas que requieren mucho juicio, las entidades tendrán que aumentar sus declaraciones para que los usuarios de los estados financieros puedan comprender su justificación.
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