La definición de «práctica no autorizada de la ley» difiere de un estado a otro, y la pena, en algunos estados, es criminal. Hay algunas excepciones: Por ejemplo, la interpretación de la ley de impuestos está permitida para los profesionales de impuestos porque se requiere para hacer nuestro trabajo. Otros asuntos se excluyen porque no se definen como una práctica de la ley, como la formación de una LLC o corporación. Sin embargo, algunas funciones de la formación de entidades no están autorizadas.
Durante años, los contadores han formado varias entidades para sus clientes. Esto, junto con la obtención de un número de identificación del empleador y hacer una elección de impuestos, está perfectamente bien para que un no abogado lo haga en la mayoría de los estados. Sin embargo, cuando se forma una sociedad o una sociedad limitada, el documento que rige esas entidades es un acuerdo de asociación. El documento que rige una LLC es el Acuerdo de Operación, mientras que el de una corporación son sus estatutos. Una simple búsqueda en Google le dará una versión de «placa de caldera» de estos documentos. Está bien que los contables los entreguen a los clientes, siempre que no los cambiemos, pero debe saber que incluso esta simple acción puede exponerlo a la responsabilidad.
Recientemente, el IRS respondió a una petición de una carta privada de decisión. El asunto giraba en torno a una empresa de preparación de documentos legales que formó una LLC para un cliente, les dio un acuerdo de funcionamiento de la placa de la caldera y eligió los impuestos de la S-Corporación.
La LLC tenía su declaración de impuestos de la S-Corporation preparada por una cadena de impuestos al por menor, que nunca pidió ver el Acuerdo Operativo. Las declaraciones fueron preparadas por esta cadena durante un par de años. Decidiendo que la LLC estaba en un punto en el que necesitaba asesoramiento profesional, la empresa contrató los servicios de un agente registrado con experiencia. La EA, haciendo su debida diligencia, no sólo pidió las declaraciones de impuestos atrasadas que se presentaron, sino que pidió ver los documentos de organización de la LLC, incluyendo el Acuerdo Operativo.
Al analizar el papeleo, la EA descubrió una disposición en el Acuerdo Operativo que excluía a la LLC de la condición de S-Corporación. Aunque la disposición no establecía que hubiera diferentes clases de miembros, sí decía que los miembros debían recibir distribuciones disuasorias, creando efectivamente dos clases de acciones.
La EA solicitó al IRS un fallo de carta privada. Como un abogado no había preparado el Acuerdo Operativo, la compañía de preparación de documentos legales y el preparador de impuestos original no lo leyó. El acuerdo de la placa de la caldera fue una terminación inadvertida del estatus de la Corporación S. Una vez que se encontró el error en el documento, la EA refirió a los clientes a un abogado que modificó el acuerdo para que cumpliera con las reglas de una S-Corporación.
En su respuesta, el Servicio de Impuestos Internos estuvo de acuerdo con la EA, y concluyó que, como nadie se molestó en leer el Acuerdo Operativo, la rescisión fue efectivamente inadvertida y restauró retroactivamente la elección.
Es importante señalar que la determinación de que una terminación fue inadvertida debe ser hecha por el Comisionado. Es decir, el contribuyente no puede simplemente tomar la posición de que la terminación fue inadvertida y así ignorar el evento. Más bien, para mantener el estatus S, la entidad debe solicitar y obtener una carta privada de decisión que contenga la determinación del IRS. Esto significa pagar la cuota de usuario para obtener la resolución, así como incurrir en los honorarios profesionales que implica obtener la resolución a través de la Oficina Nacional del IRS.
La lección aquí es: No le des a un cliente una placa de calderas que gobierne el documento. Haga que un abogado redacte uno.