Por Anne Rosivach
Las recomendaciones finales para las revisiones de la Declaración sobre Normas para Programas de Educación Profesional Continua (CPE) – el marco para el desarrollo, presentación, medición y reporte de los programas de CPE – se presentarán a la Asociación Nacional de Juntas Estatales de Contabilidad (NASBA) y al Comité Conjunto de Normas de CPE del Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados (AICPA) en enero de 2012.

Las normas interesan principalmente a los proveedores de CPE; sin embargo, los cambios propuestos en el cálculo de los créditos de CPE podrían tener un efecto en los que se requieren para completar la educación profesional continua.
A menos que se revise de otro modo, las normas entrarán en vigor de la siguiente manera:
- Para programas de grupo y estudio independiente – 1 de marzo de 2012
- Para los programas de auto-estudio que se publican por primera vez – 1 de marzo de 2012
- Para los programas de auto-estudio que ya existen desde el 29 de febrero de 2011 al 1 de marzo de 2014
«El contenido y la entrega de la educación profesional debe seguir el ritmo de las fuerzas impulsoras de la tecnología y las demandas del mercado», dijo el presidente y CEO de la NASBA, David A. Costello. «Nada menos que los estándares que deben seguir los proveedores de CPE».
«Las normas actualizadas, revisadas por última vez en 2002, proporcionarían flexibilidad para la innovación en las técnicas de aprendizaje y permitirían consideraciones futuras en torno al aprendizaje basado en los resultados. Las revisiones significativas se refieren a las esferas del aprendizaje en grupo basado en la Internet y los programas de autoestudio; los requisitos de emisión de medios créditos en los programas de autoestudio; la información de promoción/anuncio de curso para los programas de capacitación interna, y los métodos alternativos para calcular los créditos de CPE para los programas de autoestudio», declaró la NASBA en su anuncio.
Algunas de las adiciones específicas a las normas revisadas para los proveedores de CPE, según la NASBA, son:
- Los patrocinadores pueden recomendar la mitad de los créditos de CPE para los programas de auto-estudio (equivalente a veinticinco minutos).
- Se permite el uso de una fórmula de recuento de palabras como alternativa a las pruebas piloto para determinar los créditos CPE recomendados para los programas de autoestudio.
- Si se utilizan preguntas de tipo objetivo, deben incluirse al menos tres preguntas de repaso y cinco preguntas del examen final por cada crédito de CPE.
- Se permite proporcionar retroalimentación sobre el examen final; sin embargo, el patrocinador debe asegurarse de que el banco de preguntas sea de un tamaño suficiente para minimizar la superposición para el típico examinador que repite la prueba.
En el borrador de la exposición de la Declaración sobre las Normas para los Programas de Educación Profesional Continua (CPE), el comité conjunto declaró que las normas están destinadas a ser un documento «siempre verde». «A medida que surjan preguntas relacionadas con la implementación y aplicación de las normas, las preguntas se presentarán al Grupo de Trabajo de Normas de CPE. . . . El Grupo de Trabajo de Estándares CPE se reunirá trimestralmente, y las fechas de las reuniones programadas se publicarán en el sitio web de la NASBA, Learning Market. NASBA continuará comunicando los hallazgos del Grupo de Trabajo de Estándares CPE al patrocinador específico del programa CPE. Las interpretaciones autorizadas sólo serán emitidas por el Comité Asesor de CPE en casos limitados cuando el asunto no sea tratado en las Normas, no pueda ser tratado específicamente con el patrocinador del programa CPE, o no pueda ser tratado en el documento de Mejores Prácticas».
Las nuevas normas representan más de un año de trabajo y una cuidadosa consideración y aportación de los patrocinadores del CPE, las juntas estatales, las sociedades estatales, el personal de la NASBA y la AICPA, y otras partes interesadas. Una vez aprobadas por la NASBA y la AICPA, las normas revisadas serán enmendadas a la Ley de Contabilidad Uniforme.
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