El código fiscal proporciona un alivio valioso cuando los bienes son «convertidos involuntariamente» -condenados por una autoridad gubernamental, robados o dañados, o destruidos por un incendio, una inundación o similares. La sección 1033 del código le permite diferir el impuesto sobre la ganancia si recibe una sentencia condenatoria o el producto del seguro que excede su base (costo, en la mayoría de los casos) para la propiedad.
Para cumplir con los requisitos del artículo 1033, debe comprar (o adquirir una participación mayoritaria (80 por ciento) en una sociedad que posea) una propiedad «similar o relacionada en servicio o uso» a la convertida dentro de los plazos especificados para su sustitución.
Suponga, sin embargo, que parte de su propiedad es condenada o destruida. Cobras un seguro pero decides vender lo que queda. El producto del seguro claramente califica para el aplazamiento de la reinversión, pero ¿qué pasa con el producto de la venta?
De acuerdo con la Rev. Rul. 78-377, el aplazamiento del pago de impuestos sólo es posible si se cumplen dos condiciones: (1) la propiedad condenada o dañada no puede ser reemplazada, reparada, etc., y (2) existe una «relación económica tan sustancial» entre la propiedad convertida y la propiedad vendida que «forman una unidad económica».
Según los hechos del fallo, un centro comercial fue parcialmente destruido por el fuego. Los inquilinos de la porción no dañada permanecieron en ocupación. El propietario decidió no reconstruir la parte dañada, sino que vendió todo el centro tal como estaba. Reinvirtió el seguro y el producto de la venta en una propiedad de reemplazo que cumplía con los requisitos.
El fallo, si bien reconocía que el producto del seguro tenía derecho a no ser reconocido, concluía que el producto de la venta no lo era. No se cumplía ninguna de las dos condiciones: La propiedad dañada era reparable y separable.
En la situación común de daños por incendio, el producto de la venta casi nunca calificará para el tratamiento de no reconocimiento debido a la falta de satisfacción de la condición (1) – incapacidad para reconstruir, reparar, etc.
Sin embargo, hay algunas situaciones de condena que pueden cumplir con estas pruebas. El fallo da una decisión del Tribunal Fiscal como ejemplo.
Aquí, el contribuyente era dueño de una terminal de carga y estacionamientos al otro lado de la calle. Los lotes fueron condenados, y como los estacionamientos eran necesarios para las operaciones de la terminal y no se podían obtener en el vecindario, el contribuyente vendió el edificio y compró otro con estacionamientos. El tribunal concluyó que el contribuyente tenía derecho a diferir la ganancia de las ventas.
Mis mejores deseos a mis lectores para un feliz año nuevo. Como alguien que mantiene a sus acreedores a raya sólo porque tiene cierto talento para desmitificar el Código de Rentas Internas, sería negligente en el cumplimiento de mis obligaciones con ustedes si no tuviera en cuenta que el «año» incluye, pero no se limita a todos los años calendario, fiscales y sujetos a impuestos. De acuerdo con la oscuridad de la Sección 441 del Código, el «año fiscal» incluye los años fiscales regulares y cortos, así como los años fiscales que tienen 366 días.