La ley tributaria prevé una deducción especial para los «costos de puesta en marcha» en el año fiscal en que se abre el negocio, como lo demuestra un nuevo caso del Tribunal Fiscal.
Es un viejo axioma que tienes que gastar dinero para hacer dinero. Para los nuevos empresarios, esto significa típicamente poner dinero en efectivo incluso antes de recibir cualquier pago por bienes o servicios. En Smith, TC Opinión Sumaria 2019-12, 7/1/19 , verás que el tiempo lo es todo.
Normalmente, se requiere que una empresa amortice los costos de puesta en marcha en un período de 180 meses. Sin embargo, puede amortizar hasta 5.000 dólares de costos de puesta en marcha calificados que de otra manera serían deducibles como gastos comerciales «ordinarios y necesarios» cuando la empresa esté lista para aceptar clientes o consumidores.
Si el negocio califica bajo esta disposición de la ley de impuestos, puede cancelar gastos como los siguientes:
- Estudios de mercados potenciales, productos, oferta de mano de obra, instalaciones de transporte, etc.;
- Anuncios para la apertura del negocio
- Sueldos y salarios para la formación de los empleados
- Viajes y otros gastos necesarios para conseguir posibles distribuidores, proveedores o clientes
- Sueldos y honorarios de ejecutivos y consultores o de servicios profesionales similares
Si la empresa supera el límite de 5.000 dólares para los gastos de puesta en marcha, el exceso debe amortizarse en 180 meses. Además, la amortización de los 5.000 dólares se va eliminando progresivamente dólar por dólar para los gastos superiores a 50.000 dólares. En otras palabras, no se permite ninguna deducción actual si los costos de puesta en marcha exceden los 55.000 dólares.
El quid de la cuestión: Averiguar cuándo «empieza» un negocio depende de los hechos y circunstancias particulares. Los reglamentos proporcionan cierta orientación relativa a una «empresa en marcha», pero no hay una prueba de línea brillante para este propósito.
El contribuyente en el nuevo caso era un distribuidor de productos alimenticios vegetarianos. En 2014, firmó dos acuerdos de distribución con dos fabricantes de alimentos diferentes, permitiendo a las empresas comercializar y distribuir los alimentos.
Además, el contribuyente viajó a varios países de América Latina para asistir a ferias de alimentos, encontrar clientes y comercializar sus productos. Eso fue más o menos todo para el 2014.
El contribuyente no tenía ingresos por exportaciones en 2014, pero informó de ingresos salariales de unos 166.000 dólares por un trabajo como profesor de una escuela de negocios. En su declaración de 2014, reclamó gastos de puesta en marcha de 41.000 dólares, que el IRS rechazó.
Resultado fiscal: El Tribunal Fiscal fue más comprensivo. Señaló los dos contratos de distribución para apoyar el argumento del contribuyente de que el negocio había empezado a funcionar. Esto era más que una actividad preliminar. En consecuencia, se permitió la deducción.
Si tiene clientes en una situación similar, anímelos a realizar actividades que indiquen que el negocio está en marcha. Cuantas más pruebas tenga de su lado de que está abierto al negocio, mejor.
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