La Ley de Recortes de Impuestos y Empleos (TCJA) incluye cambios en varias reglas de depreciación del primer año.
En virtud del artículo 168 k) del IRC, cierto equipo puede ser completamente cargado a gastos si se ha adquirido después del 27 de septiembre de 2017 y antes del 1 de enero de 2023.

Además, en virtud de la Ley de Justicia Penal, por primera vez se permite la deducción adicional de la depreciación del primer año tanto para los bienes usados como para los nuevos (aunque los primeros no son elegibles en determinadas circunstancias).
Además, para los años fiscales que comienzan en 2018, la limitación en dólares de los gastos de la Sección 179 del Código es de 1 millón de dólares (a partir de 510.000), y la reducción de la limitación en dólares basada en las inversiones comienza a surtir efecto cuando los bienes con derecho a gastos puestos en servicio en el año fiscal superan los 2,5 millones de dólares (a partir de 2.030.000).
Sin embargo, de acuerdo con las normas de larga data que no fueron alteradas, la deducción de gastos del Código Sec. 179 se limita a la renta imponible de todos los oficios o negocios activos del contribuyente. En general, cualquier cantidad que no pueda ser deducida debido al límite puede ser trasladada a años posteriores hasta que se deduzca por completo.
Además, una categoría de mejoras relacionadas con los bienes inmuebles no residenciales puede ser cargada a los gastos en virtud del Código Sec. 179, pero no es actualmente elegible para la depreciación del 100% de la bonificación, aunque esto podría cambiar. Otra categoría es elegible recientemente para la sección 179 del Código como gasto en virtud de la TCJA, pero no existe una disposición paralela que permita que los bienes que caen dentro de esta clasificación sean elegibles para la depreciación de la bonificación, incluso si se promulgan correcciones técnicas.
Los bienes inmuebles calificados adquiridos por compra y que se destinan a ser utilizados en la conducción activa de un negocio comercial son elegibles para el gasto del Código Sec. 179. Efectivo para la propiedad puesta en servicio en los años fiscales que comienzan después del 31 de diciembre de 2017, consiste en dos categorías: propiedad de mejora calificada y una bolsa de mejoras específicas.
Sin embargo, el artículo 179 tiene algunos límites. Por ejemplo, si un contribuyente tiene 800 dólares de ingresos imponibles y compra 1.000 dólares de equipo en un año fiscal, sólo 800 dólares serían deducibles según la sección 179. La parte no utilizada se trasladaría al año siguiente. Por el contrario, si ese mismo equipo se gasta utilizando la depreciación de la bonificación, el monto total sería deducible en el año de compra.
Aunque los contribuyentes se benefician en general acelerando el momento de las deducciones, hay situaciones en las que la aceleración de las deducciones se compensa con otras consideraciones.
Una de ellas es la expiración de las pérdidas netas de explotación, las contribuciones caritativas o los arrastres de crédito. Es decir, el uso de cualquiera de ellas está limitado por la renta imponible del contribuyente, y su arrastre expira después de un tiempo determinado.
Al no reclamar el gasto del artículo 179 del Código o al elegir la depreciación fuera de la prima, el contribuyente aumenta su ingreso imponible del año en curso, pero puede compensar el aumento utilizando el beneficio fiscal que expira y recibir las deducciones por depreciación diferida en años futuros.
Los gastos salen adelante en tales circunstancias porque un contribuyente que utiliza el Código Sec. 179 hace una elección anual para hacerlo sobre una base de propiedad por propiedad y especifica el elegido para parte del costo de una propiedad.
Por el contrario, la depreciación de las primas se aplica automáticamente a todas las propiedades elegibles a sus costos totales (menos cualquier cantidad gastada bajo el Código Sec. 179). El contribuyente puede elegir la depreciación fuera de la bonificación, pero sólo puede hacerlo para una o más clases completas de propiedades, como todas las propiedades MACRS de cinco años. Para decirlo claramente, un contribuyente no puede elegir qué propiedades quiere amortizar a través de la depreciación del 100 por ciento de la bonificación.
Según el Código Sec. 263A de las normas del UNICAP, el contribuyente debe incluir en los costos de inventario los «costos asignables» de los «bienes», es decir, el inventario y capitalizar los de cualquier otro artículo. Los costos asignables incluyen los que son directos e indirectos, en la medida de la participación adecuada de los bienes en esa parte (o en todo) del total.
Bajo el nombre de Reg. § 1.263A-1(e)(3)(ii)(I), los montos reclamados por depreciación deben ser capitalizados bajo el Código Sec. 263A. Por el contrario, bajo el Reg. § 1.263A-1(e)(3)(iii), los montos gastados bajo el Code Sec. 179 son costos indirectos que no se requieren capitalizar. Por lo tanto, para quienes están sujetos a las normas del Code Sec. 263A UNICAP, el gasto del Code Sec. 179 es un claro ganador para quienes tienen derecho a utilizarlo.
Como puede ver, tiene varias opciones al aplicar las diversas reglas de depreciación del primer año, así que hable con sus clientes sobre sus objetivos y revise todas las opciones antes de hacer una selección.
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