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¿A quién considera el IRS como un pariente calificado?

El IRS anunció recientemente que planea emitir reglamentos para reducir la cantidad de exención personal a cero para los años fiscales 2018 a 2025, siempre que la reducción no se tenga en cuenta para determinar si alguien es un pariente calificado según el artículo 152(d)(1)(B) de la Notificación 2018-70.

Por lo tanto, al definir a un familiar calificado que cumple con las disposiciones del Código de Rentas Internas que se refieren a la definición de un dependiente en el Art. 152, incluso a los efectos del nuevo crédito de 500 dólares para otros dependientes en virtud del Art. 24(h)(4) y el estado de declaración de jefe de familia en virtud del Art. 2(b), el monto de la exención será de 4.150 dólares, ajustado por inflación.

¿A quién considera el IRS como un pariente calificado?
¿A quién considera el IRS como un pariente calificado?

En la notificación, el IRS establece que la sección 152(a) del código define a un «dependiente» como un «hijo calificado» o un «pariente calificado». La sección 152(d)(1) define a un «pariente calificado» como un individuo que:

(A) tiene una relación específica con el contribuyente,

(B) cuyos ingresos brutos del año natural en el que comienza el año fiscal sean inferiores a la cantidad de la exención (como se define en §151(d)),

(C) que recibe más de la mitad de su apoyo del contribuyente para el año calendario en el que comienza el año fiscal, y

(D) que no sea un hijo calificado del contribuyente o de cualquier otro individuo para cualquier año fiscal que comience en el año calendario en el que se inicia el año fiscal.

Si se tuviera en cuenta la reducción del monto de la exención para todas las disposiciones del código, explicó el IRS, prácticamente nadie sería un familiar calificado, lo que eliminaría efectivamente toda una categoría de dependientes y reduciría en gran medida la disponibilidad del nuevo crédito de 500 dólares para otros dependientes y el estado de declaración de jefe de familia. El IRS declaró que no creía que el Congreso tuviera la intención de obtener ninguno de estos resultados.

Por lo tanto, el IRS tiene la intención de emitir un reglamento que defina quién es un pariente calificado según el código y que indique que su monto de exención será de 4.150 dólares, ajustado por la inflación. Los contribuyentes pueden confiar en el tratamiento de la notificación hasta que se emita el reglamento.

El apartado d) del artículo 151 prevé dos cantidades de exención diferentes para los años fiscales de 2018 a 2025. A los efectos de determinar si se permite una deducción para las exenciones personales, el artículo 151 d) 5) A) exige que el monto de la exención sea cero, con lo que se suspende esta deducción.

Pero para otras disposiciones del código que hacen referencia a la deducción para otros fines, el Congreso indicó en §151(d)(5)(B) que la reducción de la cantidad de la exención a cero no debe tenerse en cuenta. En cambio, la cantidad de la exención debe seguir siendo de 4.150 dólares para 2018 (ajustada por la inflación en años futuros).

Construyendo el §152 a la luz de la estructura del estatuto, el Departamento del Tesoro y el IRS creen que la cantidad de exención a la que se hace referencia en esa sección debe ser de 4.150 dólares (ajustada por la inflación) en lugar de cero a los efectos de determinar quién es un pariente calificado. Esta interpretación concuerda con el artículo 151 d) 5), que tiene por objeto suspender la deducción por exenciones personales sin modificar sustancialmente otras disposiciones del código que hacen referencia directa o indirectamente a la cantidad de exención del artículo 151 d).